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Presenta IBERO Puebla perfil idóneo para la designación del ombudsperson para el estado

 

 

El Observatorio de Participación Social y Calidad Democrática y el Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, SJ (IDHIE), de la IBERO Puebla, presentaron siete atributos que debe tener el titular que elija el Congreso del Estado para presidir la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) para el periodo de 2019-2024.

 

En rueda de prensa, el Mtro. Roberto Ignacio Alonso Muñoz, coordinador del Observatorio de Partición Social y Calidad Democrática, comentó que el Congreso del Estado tiene una oportunidad única para contribuir a la autonomía y la legitimidad de la CEDH, pues desde sexenios y administraciones pasadas, le restaron su importancia en el tema, especialmente en el gobierno de Rafael Moreno Valle.

 

“De acuerdo con el Índice de Estado de Derecho en México 2018, elaborado por el World Justice Project, Puebla se ubicó en los últimos lugares (30 de 32) en el factor de protección efectiva a los derechos fundamentales” puntualizó el Mtro. Alonso Muñoz.

 

Asimismo, destacó que Puebla se convirtió en un enclave autoritario subnacional, donde los órganos autónomos, como la Comisión Estatal de Derechos Humanos, se convirtieron en oficinas funcionales a los intereses del Poder Ejecutivo.

 

La Comisión Estatal (CEDH) no ha sido una institución a la altura de las problemáticas que ha vivido nuestro estado en materia de derechos humanos, y pese a su autonomía constitucional, ha carecido de independencia frente al poder gubernamental” comentó el Coordinador del Observatorio de Participación Social y Calidad Democrática.

 

Por su parte, el Lic. Cuauhtémoc Cruz Isidoro, responsable de Comunicación en el IDHIE de la IBERO Puebla, señaló que el proceso de designación en curso representa una oportunidad única para la construcción de una institución clave en un régimen democrático.

 

“Tratándose de la primera designación pública en manos de la LX Legislatura, nos parece de suma importancia que este proceso transite por cauces de apertura, participación y transparencia, a fin de generar confianza” puntualizó el responsable de Comunicación en el IDHIE.

 

En este sentido, el Lic. Cuauhtémoc Cruz subrayó que los criterios mínimos para el proceso de designación son: máxima publicidad durante todo el proceso,complimiento de los plazos marcados por la convocatoria, definición de un perfil ideal, yendo más allá de los requisitos legales, discusión pública y amplia entre los encargados de la decisión, particularmente en torno a la idoneidad de las y los candidatos.

 

Así como la fundamentación de las propuestas y de las decisiones de los órganos encargados, exponiendo públicamente sus razones; correspondencia entre la decisión y la evaluación, de acuerdo con el perfil ideal; y participación ciudadana, por medio de escritos y cartas, y/o con voz en las audiencias.

 

Finalmente, la Dra. Galilea Cariño Cepeda, directora del IDHIE de la IBERO Puebla, mencionó que este proceso está generando muchas expectativas, pues ha sido fundamental lo que las Comisiones de Derechos Humanos van dejando en los sexenios y administraciones, sobre todo por lo que representa un organismo con recursos propios.

 

“Sabemos que, en muchos países, el ombudsperson o defensor o defensora del pueblo es una figura fundamental, pues es el primer contacto que tienen las personas para garantizar una protección a sus derechos humanos” puntualizó la Directora del IDHIE.

 

Por lo anterior, mencionó los siete atributos que tanto el IDHIE como el Observatorio de Participación Social y Calidad Democrática, presentaron el pasado lunes 30 de septiembre ante el H. Congreso del Estado:

  1. Independencia del poder estatal y de los partidos políticos.
  2. Conocimiento amplio sobre los derechos humanos con enfoque de perspectiva de género, interseccionalidad y sectorialidad, bajo los principios de progresividad y máximo uso de recursos disponibles, así como de casos de violaciones graves a derechos humanos y dominio de los estándares e instrumentos internacionales.
  3. Conocimiento del contexto y la realidad de los derechos humanos en el estado, incluyendo los retos actuales, las particularidades de grupos específicos y experiencias de acompañamiento a víctimas de violaciones de derechos humanos.
  4. Conocimiento del sector de las organizaciones de la sociedad civil en materia de promoción y defensa de los derechos humanos, colaboración con ellas y trayectoria reconocida por ellas.
  5. Experiencia y capacidad de interlocución con actores sociales diversos, entre ellos, instituciones nacionales e internacionales, colectivos de víctimas, sociedad civil y academia.
  6. Experiencia de gestión en instituciones u organizaciones; y
  7. Probidad y rectitud.

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